Los derechos humanos y la delincuencia organizada
Los derechos humanos y la delincuencia organizada
Los derechos humanos y la delincuencia organizada
los derechos humanos se han violentado por la delincuencia organizada,ya
que cualquier persona que pertenezca a un grupo delictivo violenta a los
mismos, el legislador definió a la Delincuencia Organizada como una
organización compuesta por tres o más personas, dedicadas cometer delitos en
forma reiterada o permanente.
Definición de derechos humanos
Los derechos humanos son garantías jurídicas universales, que protegen a
las personas y a los grupos contra acciones y omisiones que interfieren con las
libertades, los derechos fundamentales y la dignidad humana. La legislación en
materia de derechos humanos obliga principalmente a los gobiernos y a algunos
actores no gubernamentales a cumplir determinados deberes y les establece
ciertas prohibiciones.
NORBERTO BOBBIO ,señala los Derechos Humanos se utiliza como instrumentos y
mecanismos para controlar y limitar la acción del Estado, y como la brújula de los esfuerzos sociales para
conseguir el bien común .
De acuerdo a los abusos generalizados de los derechos humanos y libertades
fundamentales ,durante el decenio de 1930, que culminaron en las atrocidades de
la Segunda Guerra Mundial (1939 a 1945),lo que dio lugar a La firma de la Carta
de las Naciones Unidas en junio de 1945, situó los derechos humanos en la
esfera del derecho internacional. Todos los Estados Miembros de las Naciones
Unidas acordaron adoptar medidas para proteger los derechos humanos. En 1948,
surge la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos que proporcionó
al mundo “un ideal común para todos los pueblos y naciones”, basado en el
“reconocimiento de la dignidad intrínseca de los derechos iguales e
inalienables de todos los miembros de la familia humana.
El Sistema Interamericano de Derechos Humanos surge en el seno de la
Organización de Estados Americanos .Sistema que cuenta con dos órganos
principales de protección: La Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos .
La comisión interamericana
de derechos humanos
Esta compuesta por siete miembros, se reúne varias veces al año, tiene su
sede en Washington, y actúa en representación de los estados americanos. En 1959, al amparo de la disposición del
artículo 106 de la Carta de la OEA se creó dicha Comisión que tiene sus
procedimientos. Y sus funciones se pueden clasificar en consultivo-promocionales,
administrativas y cuasijuridiccionales.
La corte interamericana de derechos humanos
Se compone de siete jueces, elegidos “a título personal entre juristas de
la más alta autoridad moral, de reconocida competencia en materia de derechos
humanos”.
Tiene su sede en San José, Costa rica, y forma junto con la Corte Interamericana de DH un
binomio indivisible en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos; y cualquier país de la región, conforme al artículo 62 del
tratado, ha de aceptar explícitamente la competencia de la Corte Interamericana de DH
Obligación que tienen los
estados en relación con los derechos humanos
No dejan de aumentar los abusos contra los derechos humanos cometidos por
agentes no pertenecientes al Estado (empresas transnacionales, delincuencia
organizada o terrorismo internacional), en virtud del derecho internacional
vigente sólo los Estados asumen obligaciones directas en relación con los
derechos humanos.
Al convertirse en parte de los tratados internacionales de derechos humanos,
los Estados asumen las obligaciones de: respetar, proteger y cumplir los
derechos humanos. Mientras que el equilibrio entre esas obligaciones o deberes
puede variar de acuerdo con los derechos de que se trate, se aplican en
principio a todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales.
Además, los Estados tienen el deber de proporcionar reparación en el nivel
interno en caso de violación de los derechos humanos. Estas obligaciones
internacionales que tienen los Estados en materia de derechos humanos consisten
en:
Respetar: no interferir con su disfrute; es decir, el Estado y sus agentes
deben abstenerse de interferir con el goce de los derechos humanos.
Proteger: adoptar medidas que eviten que estos sean violados por terceros.
Garantizar: esta obligación está implícitamente relacionada con la de
respetar y proteger e implica que los Estados deben tomar medidas para
prevenir, investigar y sancionar las violaciones a los derechos humanos, así
como de reparar el derecho violado.
Cumplir (también conocida como facilitar y proveer): tomar acciones que
permitan a las personas el acceso a los derechos humanos y garantizar su
disfrute cada vez que una persona (o grupo) no pueda, por razones ajenas a su
voluntad, poner en práctica el derecho por sí misma con los recursos a su
disposición.
Concepto de delincuencia organizada
El concepto de «delincuencia organizada» fue empleado por primera vez por
el criminólogo norteamericano John Ladesco en 1929, para designar a las
operaciones delictivas provenientes de la mafia.
Este tipo de delincuencia fue designada con la palabra «organizada», ya que
se refiere a la «asociación», a la «sociedad», a la «corporación», al «grupo»,
al «sindicato», a la «liga», al «gremio», a la «coalición», en sí a la «unión»,
como forma de conjuntar esfuerzos en grupo; y con el empleo de la violencia,
soborno, intimidación y fuerza, los delincuentes llevaban a cabo sus
actividades ilegales.
GUILLERMO COLIN SÁNCHEZ, refiere que existirá delincuencia organizada,
“cuando tres o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar
en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas, tienen como fin
o resultado cometer alguno o algunos de los delitos.
Delitos que están
considerados como delincuencia organizada
Terrorismo, terrorismo internacional, contra la salud, falsificación o
alteración de moneda, en materia de hidrocarburos, operaciones con recursos de
procedencia ilícita, Tráfico de indocumentados, Tráfico de órganos, Corrupción
de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen
capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen
capacidad para resistirlo, Pornografía de personas menores de dieciocho años de
edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del
hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, Turismo sexual en
contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no
tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no
tiene capacidad para resistirlo, Lenocinio de personas menores de dieciocho
años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el
significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo,
Tráfico de menores o personas que no tienen capacidad para comprender el
significado del hecho, y Robo de vehículos, Delitos en materia de trata de personas,
delitos en materia de secuestro, Acopio y tráfico de armas.
De esto se puede decir que los elementos que conforman la delincuencia
organizada de la siguiente manera.
a).- Que se trate de tres o más personas; b).- que se organicen en forma
permanente o reiterada; y c).- Que tengan la finalidad de cometer cualquiera de
los tipos penales antes descrito.
Radicándose entonces la fuerza de la delincuencia organizada en el
establecimiento de «alianzas y vínculos» que logra en todos los niveles,
incluyendo el político y el militar; con la ayuda de actos de corrupción logran
su impunidad.
Así, las organizaciones dedicadas a la delincuencia organizada emprenden
operaciones ilegales de tipo financiero, mercantil, bancario, bursátil o
comercial; acciones de soborno, extorsión; ofrecimiento de servicios de
protección, ocultación de servicios fraudulentos y ganancias ilegales;
adquisiciones ilegítimas; control de centros de juego ilegales y centros de
prostitución.
Delincuencia organizada
transnacional
La Organización de las Naciones Unidas en el marco internacional , ha
conceptualizado a la delincuencia organizada como la actividad de un grupo
compuesto de tres o más personas, las cuales están vinculadas mediante una
relación de tipo jerárquico o personal, la cual permite que sus líderes
devengue ganancias o controlen territorios o mercados, sean los últimos
internos o en el extranjero, mediante la violación, la intimidación, la
corrupción, tanto como para promover la actividad criminal e infiltrar la
economía legítima.
La delincuencia organizada en latitudes internacionales es identificada
como delincuencia organizada transnacional, de conformidad con lo expresado por
la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional.
Se denomina delincuencia organizada transnacional precisamente porque ha
rebasado las fronteras nacionales de los países, vulnerando no solamente su
territorio sino además su soberanía y afectando su gobierno.
Los derechos humanos y la delincuencia organizada
Reviewed by ACLE
on
agosto 02, 2019
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