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Saludando a la PFGC. Oficiales GC y Personal de Asesoría Legal de la Comisaria de la Mujer y El “Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016 - 2021”



      
Quiero saludar a todas mis queridas y respetables amigas  Policías  Femeninas GC ,Oficiales  GC. y  todo el personal  de la Comisaria de la Mujer, les agradezco  a todos por su gran humanidad , así como a todos los integrantes de la Asesoría legal Gratuita, por la labor desempeñada en defensa de la mujer maltratada.
Podemos considerar que la violencia contra las mujeres, según las Naciones Unidas la define como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada” 
En el Perú, según la Encuesta Demográfica y de Salud Familia ENDES de 2016 (INEI, 2016) el 32,2% de las mujeres ha sido, al menos una vez, víctima de una forma de violencia física y/o sexual por parte de su cónyuge o pareja, el 64,2% de una forma de violencia psicológica y/o verbal y el 60,5% de ellas manifiesta haber sido o ser el objeto de alguna forma de control o dominación.
la violencia de género contra las mujeres también puede reproducirse en las mujeres que crecieron en una familia en la cual sus madres fueron maltratadas por sus padres muestran una probabilidad mayor de exposición a las formas de agresión por parte de sus cónyuges. A este respecto, existe una suerte de asimilación y legitimación del maltrato en el seno del hogar y una instalación de la figura masculina dominante que tiene la capacidad de usar la violencia para imponer su autoridad en el conjunto familiar. 
En esas circunstancias, es frecuente que el consumo de alcohol sea uno de los factores desencadenantes de las agresiones. Según los resultados de ENDES de 2016, un 49,1% de las mujeres víctimas de violencia declaran que sus cónyuges estuvieron al menos una vez bajo la influencia del alcohol y/o las drogas en el momento de cometer el acto violento.


Frente a las situaciones de violencia, las mujeres pueden acceder a las instituciones especializadas  para presentar una queja o recibir apoyo psicológico y social.
Es importante señalar que actualmente tenemos vigente El “Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016 - 2021”


El artículo 33 de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, crea el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, como un sistema funcional, el cual tiene por finalidad coordinar, planificar, organizar y ejecutar acciones articuladas, integradas y complementarias para la acción del Estado en la prevención, atención, protección y reparación de la víctima, la sanción y reeducación del agresor, a efectos de lograr la erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar;

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como órgano rector, responsable de formular, planificar, dirigir y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos nacionales para la prevención, protección y atención de la violencia de género, ha elaborado en un proceso de participación descentralizada con representantes de organizaciones y entidades públicas y privadas a nivel nacional un nuevo “Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016 - 2021”;
Que, el numeral 2 del artículo 36 de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, establece que la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, tiene entre sus funciones, hacer el seguimiento y monitoreo de los planes nacionales que aborden la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; la Ley Nº 30314 - Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos; la Ley Nº 28983 - Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres


El “Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016 - 2021” es de aplicación en los tres niveles de gobierno y en los distintos sectores y entidades involucradas en la prevención, sanción y erradicación de la violencia de género. Los gobiernos regionales y locales alinean sus políticas al Plan Nacional y reciben apoyo técnico del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

 El seguimiento y monitoreo, a nivel nacional, regional y local, del “Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016- 2021” está a cargo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, creada por la Ley Nº30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.
Los y las representantes titulares y alternos/as de las entidades públicas que integran la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, creada por la Ley Nº 30364, son los responsables del seguimiento y monitoreo de la implementación del “Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016-2021” en su sector e informan a la Secretaría Técnica de la referida Comisión.

Los conceptos básicos a saber  son:

La Violencia de género:es cualquier acción o conducta, basada en el género y agravada por la discriminación proveniente de la coexistencia de diversas identidades (raza, clase, edad, pertenencia étnica, entre otras), que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a una persona, tanto en el ámbito público como en el privado. Se trata de aquella violencia que ocurre en un contexto de desigualdad sistemática que remite a una situación estructural y a un fenómeno social y cultural enraizado en las costumbres y mentalidades de todas las sociedades y que se apoya en concepciones referentes a la inferioridad y subordinación basadas en la discriminación por sexo-género.

Actualmente existe un alto indice de violencia de genero, no solo en el sector publico sino en lo privado en las Escuelas, Hospitales, Universidades, Centros servicios de Salud esta mentalidad enraizada debe cambiar, con las capacitaciones ,ayudas a las victimas de violencia de genero y se impongan también drásticas sanciones, este Plan Nacional contra la Violencia de Genero 2016 hasta 2021 ,permita coadyuvar a eliminar ese fenómeno de desigualdad de la sociedades discriminando por la inferioridad en el sexo y genero a nivel Nacional.

En este Plan participan las Instancias regionales de concertación: Que son instancias creadas por la Ley Nº 30364 para la gestión territorial del “Sistema nacional para la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar” que tiene como responsabilidad elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel regional, y promover el cumplimiento de la presente norma. Su composición se determina en el reglamento de la presente Ley.

surgen tambien los Espacios de autorregulación del tratamiento de información: Espacios institucionalizados en donde se ejerce la vigilancia de la calidad de la información que se brinda a través de los medios de comunicación por parte de los propios medios que producen la información. Implica la vigencia de valores y principios fundamentales que rigen la relación con el público espectador y consumidor, tales como veracidad, respeto a la dignidad de la persona humana y responsabilidad social.

Permite el accionar de los Agentes comunitarios dinamizadores:Es la dinamización comunitaria a las acciones animan y promueven que la población participe activamente de la vida comunitaria. Para que se pueda llevar a cabo la participación de una comunidad, es importante animarla a hacerlo. Los agentes comunitarios pueden cumplir un rol dinamizador en sus mismas comunidades, promoviendo acciones para enfrentar la violencia. Esta es la experiencia de las Facilitadoras en Acción que apoyan las acciones con apoyo del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, por ejemplo, que son mujeres capacitadas para promover la participación de sus comunidades en diversas acciones de prevención de la violencia.

Hasta el año 2015, el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015 era el documento de política pública nacional para la prevención, investigación, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres. Su culminación coincidió con la aprobación de la Ley Nº 30364 Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, publicada el 23 de noviembre de 2015, la cual se constituye en el marco normativo de la política nacional en la materia. Dicha ley establece la creación del “Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar” como un sistema funcional y ello define el estatus que adopta este nuevo plan nacional, como Plan Especial Multisectorial.
Este Plan Nacional reviste entonces un carácter especial; si bien tiene un ámbito de protección más amplio al de la Ley Nº 30364, sin duda constituye un instrumento que recoge sus lineamientos y concreta las responsabilidades que tienen las diferentes entidades públicas respecto a su implementación. 
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como ente rector en materia de violencia de género, tendrá con este Plan, un potente mecanismo para el seguimiento del Sistema Nacional.
tiene dos objetivos Estrategicos:
En el Objetivo Estratégico 1 :se considera que las acciones de prevención en la comunidad educativa tendrán el mayor impacto; lo que permitiría acciones sostenidas lo cual es requisito indispensable para las transformaciones culturales. A la vez, dentro de la comunidad educativa se prioriza el fortalecimiento de capacidades del profesorado, pues deberá constituirse como el principal impulsor de los cambios. En cuanto  al Objetivo Estratégico 2, es de primera prioridad la implementación de un proceso integral y articulado de prevención, atención, protección y recuperación de personas afectadas y sanción de personas agresoras de acuerdo a la citada Ley Nº 30364 

Es de vital importancia difundir y efectuar capacitaciones sobre el Plan Nacional sobre la Violencia de genero del 2016 hasta el 2021.





Saludando a la PFGC. Oficiales GC y Personal de Asesoría Legal de la Comisaria de la Mujer y El “Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016 - 2021” Saludando a la PFGC. Oficiales GC y Personal de Asesoría Legal de la Comisaria de la Mujer y  El “Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016 - 2021” Reviewed by ACLE on agosto 31, 2019 Rating: 5

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