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El Comité Europeo de Derechos Sociales publica El 22 de abril de 2020 una declaración de interpretación sobre el derecho a la protección de la salud en tiempos de pandemia.

El Comité Europeo de Derechos Sociales publica una declaración de interpretación sobre el derecho a la protección de la salud en tiempos de pandemia.





El 22 de abril de 2020, el Consejo de Europa anunció que el Comité Europeo de Derechos Sociales había adoptado una " Declaración de interpretación sobre el derecho a la protección de la salud en tiempos de pandemia"
" La declaración enumera las formas en que los países pueden garantizar que sus respuestas a una pandemia respeten "el derecho a la protección de la salud" (protegido por el "Artículo 11 de la Carta Social Europea"). Además de "prevenir y limitar la propagación del virus" y cuidar a "los que se enferman", los estados deben educar al público sobre "la enfermedad en cuestión", tomar "medidas de precaución" y garantizar que todas las poblaciones (incluidas las más vulnerables) reciben igual acceso a los recursos

La declaración destaca las formas en que "el derecho a la protección de la salud" se superpone con los derechos garantizados en otros artículos de la Carta Social Europea (incluido el artículo 3, "el derecho a condiciones de trabajo seguras y sanas", y el artículo 15, "los derechos de personas con discapacidad "); También señala que, La función del Comité Europeo de Derechos Sociales es pronunciarse sobre la conformidad de la legislación y práctica nacional de los Estados Partes con la Carta Social Europea (revisada),el Protocolo adicional de 1988 y la Carta social europea de 1961.

El Comité está compuesto por 15 miembros independientes e imparciales que son elegidos.por el Comité de Ministros del Consejo de Europa por un mandato de seis años,renovable una vez.
Adopta conclusiones en el marco del procedimiento de presentación de informes y las decisiones. bajo el procedimiento de denuncia colectiva. Sus conclusiones y decisiones están disponibles en el sitio web de European Social Carta y en la base de datos de jurisprudencia disponible.



El artículo 11 de la Carta Social Europea ("la Carta") consagra el derecho a protección de la salud. En términos de ese derecho, los Estados Partes se han comprometido a tomar medidas apropiadas diseñadas, entre otras cosas, para prevenir enfermedades epidémicas (Artículo 113), eliminar las causas de la mala salud (Artículo 11§1) y proporcionar servicios de asesoramiento para la promoción de la salud y el fomento de la responsabilidad individual en asuntos de salud (Artículo 11§2). En tiempos de pandemia, durante los cuales la vida y la salud de muchas personas están bajo amenaza grave, garantizar el derecho a la protección de la salud es de crucial importancia, y los gobiernos deberían tomar todas las medidas necesarias para garantizar que sea eficaz garantizado A la luz de esto, los Estados Partes deben garantizar que el derecho a la protección de la salud se le da la  más alta prioridad en políticas, leyes y otras acciones tomadas en respuesta a una pandemia.

 Primero, los Estados Partes deben tomar todas las medidas de emergencia necesarias en una pandemia. Esto incluye la implementación adecuada de medidas para prevenir y limitar la propagación del virus. Dichas medidas pueden incluir, como en la actual crisis de Covid-19, pruebas y trazado, distanciamiento físico y autoaislamiento, la provisión de máscaras adecuadas y desinfectante, así como la imposición de cuarentena y "encierro" preparativos. Todas esas medidas deben ser diseñadas e implementadas teniendo respecto al estado actual del conocimiento científico y de acuerdo con normas de derechos humanos. Además, los Estados partes deben tomar todas las medidas necesarias para tratar a quienes enfermarse en una pandemia, lo que incluye garantizar la disponibilidad de un número suficiente de camas de hospital, unidades de cuidados intensivos y equipos. Todas las medidas posibles deben ser tomado para asegurar que se despliegue un número adecuado de profesionales de la salud y que sus condiciones de trabajo son saludables y seguras (véase también el artículo 3 del Carta). Esto incluye la provisión del equipo de protección personal necesario.




De conformidad con el artículo 11§2, los Estados partes deben tomar todas las medidas necesarias para educar a las personas sobre los riesgos que plantea la enfermedad en cuestión. Esto implica Llevar a cabo programas de sensibilización pública para informar a las personas sobre cómo mitigar los riesgos de contagio y cómo acceder a los servicios de salud según sea necesario.   Además, en materia de prevención, el Comité recuerda que las medidas cautelares son un aspecto clave del derecho a la protección de la salud. Esto implica que  en la evaluación científica preliminar  existen motivos razonables para preocuparse por los efectos potencialmente peligrosos del virus u otros factores en humanos salud, entonces los Estados Partes deben tomar medidas adecuadas para prevenir esos riesgos.



. El Comité desea recordar que muchas de las medidas anteriores son necesarias para cumplir no solo con la obligación de proteger el derecho a la protección de la salud bajo Artículo 11, sino también otras obligaciones de la Carta relacionadas con la salud, incluyendo obligaciones con respecto al derecho de los trabajadores a condiciones de trabajo seguras y saludables (Artículo 3), el derecho de las personas que necesitan asistencia social y médica (Artículo 13), los derechos de las personas mayores a la protección y la atención médica (artículo 23), el derecho de los niños y jóvenes a protección y atención de la salud.



Durante una pandemia, los Estados partes deben tomar todas las medidas posibles a las que se hace referencia arriba en el menor tiempo posible, con el máximo uso de los recursos financieros disponibles, recursos técnicos y humanos, y por todos los medios apropiados, tanto nacionales como de carácter internacional, incluida la asistencia y cooperación internacional. Además, los Estados Partes deben ser particularmente conscientes del impacto que sus las opciones tendrán para grupos con vulnerabilidades aumentadas, así como para otros personas afectadas, incluidas especialmente sus familias, sobre quienes recae más carga en caso de deficiencias institucionales (International Association AutismEurope v. France, Reclamación No. 13/2002, decisión sobre el fondo del 4 de noviembre 2003). 

A este respecto, el Comité recuerda que el derecho a la protección de la salud incluye el derecho de acceso a la atención médica, y ese acceso a la atención médica debe garantizarse a todos sin discriminación. Esto implica que la atención médica en una pandemia debe ser efectiva y asequible para todos, y que los grupos con un riesgo particularmente alto, como las personas sin hogar, las personas que viven en la pobreza, las personas mayores, las personas con discapacidad, las personas que viven en instituciones, las personas detenidas en las cárceles, y las personas con un estado migratorio irregular deben estar adecuadamente protegidas por las medidas sanitarias implementadas.



Cuando se busca hacer efectivo el derecho a la protección de la salud durante una pandemia, La equidad en salud según la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS) debe ser la objetivo: específicamente, la ausencia de diferencias evitables, injustas o remediables entre grupos de personas, si esos grupos están definidos social, económicamente, demográfica o geográficamente o por otros medios de estratificación.

Los Estados partes deben tomar medidas específicas para garantizar el disfrute del derecho a protección de la salud de aquellos cuyo trabajo (ya sea formal o informal) los ubica en particular riesgo de infección. 
Además, los Estados Partes deben operar ampliamente accesibles programas de inmunización. Deben mantener altas tasas de cobertura no solo para reducir la incidencia de estas enfermedades, pero también neutralizar el reservorio de virus y así alcanzar los objetivos establecidos por la OMS para erradicar una variedad de enfermedades infecciosas . La investigación de vacunas debe promoverse, financiarse adecuadamente y eficientemente coordinado entre actores públicos y privados.



El Comité considera necesario enfatizar que el derecho a la protección de la salud debe protegerse no solo teóricamente, sino también de hecho. La Implementación de la Carta requiere que los Estados Partes no solo emprendan acciones legales sino también prácticas acción poniendo a disposición los recursos y los procedimientos operativos necesarios para dar pleno efecto a los derechos allí especificados (Comisión Internacional de Juristas (CIJ) v. Portugal, Queja No. 1/1998, decisión sobre el fondo del 9 de septiembre 1999,; Federación Europea de Organizaciones Nacionales que trabajan con el Personas sin hogar (FEANTSA) v. Eslovenia, Queja No. 53/2008, decisión sobre el fondo de 8 de septiembre de 2009, ; Asociación Internacional Autismo-Europa v. Francia, Queja No 13/2002, decisión sobre el fondo del 4 de noviembre de 2003, §53). Todo esto es particularmente cierto y absolutamente crucial con respecto al derecho a la protección. de salud en tiempos de pandemia, para que los Estados Partes actúen de conformidad con sus obligaciones bajo la Carta y, lo más importante, limitar el número de muertes y problemas de salud causados ​​en tales situaciones.



A este respecto, el Comité recuerda que el derecho a la protección de la salud está garantizado en el artículo 11 de la Carta complementa los derechos fundamentales consagrados en Artículos 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y que los derechos relacionados con la salud incorporados en los dos tratados están  vinculados, ya que " la dignidad es el valor fundamental y, de hecho, el núcleo del ser humano europeo positivo derecho de los derechos, ya sea bajo la Carta Social Europea o bajo la Ley Europea Convención de Derechos Humanos - y la asistencia sanitaria es un requisito previo para la preservación de dignidad humana "(Federación Internacional de Ligas de Derechos Humanos (FIDH) v.Francia, Queja No. 14/2003, decisión sobre el fondo del 3 de noviembre de 2004, §31).

Si bien esta declaración de interpretación se centra en el derecho a la protección de la salud, el Comité señala que las pandemias y las respuestas estatales a las mismas puede presentar riesgos significativos para una amplia gama de derechos establecidos en la Carta.

 Entre otras cosas: el derecho a condiciones de trabajo seguras y sanas (artículo 3); el  derecho de niños a la protección contra riesgos físicos y morales (Artículo 7); el derecho a la seguridad social (artículo 12); derecho a asistencia social y médica (artículo 13);los derechos de las personas con discapacidad (artículo 15); el derecho de familias y niños a la protección social jurídica y económica, incluida la educación (artículos 16 y 17) y los derechos de las personas mayores (artículo 23).
deficiencias en los esfuerzos estatales para garantizar los derechos de la Carta, como el derecho a la vivienda(Artículo 31) y el derecho a liberarse de la pobreza y la exclusión social (Artículo 30) alimentar directamente la vulnerabilidad de grupos sociales particulares en una pandemia. los gran impacto de una pandemia y de medidas estatales en respuesta al empleo y los derechos laborales, tanto individuales como colectivos, tampoco deben pasarse por alto. 

Las personas no deben quedar sin medios mínimos de subsistencia debido a la bloqueos y falta de actividad económica durante una pandemia.
 Una declaración adicional de La interpretación abordará estos problemas con mayor detalle. 


Finalmente, el Comité desea enfatizar que monitoreará de cerca la situación,y las medidas adoptadas por los Estados Partes, en el marco de la Carta procedimientos, el procedimiento de presentación de informes y el procedimiento de denuncia colectiva (como el caso puede ser). Más particularmente en lo que respecta al procedimiento de presentación de informes, El Comité centrará su examen de los informes estatales para las Conclusiones 2021 en el  derecho a la protección de la salud y para este fin, en las próximas semanas, abordaráun conjunto de preguntas dirigidas a los Estados, incluidas preguntas sobre epidemiologíamedidas de preparación e inmunización en general y, en vista de lo excepcionalsituación - específicamente en la respuesta inmediata a la Covid-19 actual pandemia.







Statement of interpretation on the right to protection of health in times of pandemic (adopted by the Committee on 21 April 2020)


The function  of the European Committee of Social Rights is to rule on the conformity of States Parties’ national law and practice with the European Social Charter (revised), the 1988 Additional Protocol and the 1961 European Social Charter. The Committee is composed of 15 independent, impartial members who are elected by the Committee of Ministers of the Council of Europe for a term of office of six years, renewable once. It adopts conclusions within the framework of the reporting procedure and decisions under the collective complaints procedure. Its conclusions and decisions are available on the website of the European Social Charter and in the case law database available on this site. www.coe.int/SocialCharter 



 Article 11 of the European Social Charter (“the Charter”) enshrines the right to protection of health. In terms of that right, States Parties have undertaken to take appropriate measures designed, inter alia, to prevent epidemic diseases (Article 13), remove the causes of ill health (Article 11), and provide advisory facilities for the promotion of health and the encouragement of individual responsibility in matters of health (Article 12). In times of pandemic, during which the life and health of many people are under serious threat, guaranteeing the right to protection of health is of crucial importance, and governments should take all necessary steps to ensure that it is effectively guaranteed. In the light of this, States Parties must ensure that the right to protection of health is given the highest priority in policies, laws and other actions taken in response to a pandemic.


 First, States Parties must take all necessary emergency measures in a pandemic. This includes adequate implementation of measures to prevent and limit the spread of the virus. Such measures may include, as in the present Covid-19 crisis, testing and tracing, physical distancing and self-isolation, the provision of adequate masks and disinfectant, as well as the imposition of quarantine and ‘lockdown’ arrangements. All such measures must be designed and implemented having regard to the current state of scientific knowledge and in accordance with relevant human rights standards. Furthermore, States Parties must take all necessary measures to treat those who fall ill in a pandemic, including ensuring the availability of a sufficient number of hospital beds, intensive care units and equipment. All possible measures must be taken to ensure that an adequate number of healthcare professionals are deployed and that their working conditions are healthy and safe (see also Article 3 of the Charter). 

This includes the provision of necessary personal protective equipment. In line with Article 12, States Parties must take all necessary measures to educate people about the risks posed by the disease in question. This entails carrying out public awareness programmes so as to inform people about how to mitigate the risks of contagion and how to access healthcare services as necessary.
 Further, as regards prevention, the Committee recalls that precautionary measures are a key aspect of the right to protection of health. This implies that when a preliminary scientific evaluation indicates that there are reasonable grounds for concern regarding potentially dangerous effects of virus or other factors on human health, then the States Parties must take adequate measures to prevent those risks (see International Federation for Human Rights (FIDH) v. Greece, Complaint No. 72/2011, decision on the merits of 23 January 2013, §150). The Committee wishes to recall that many of the above measures are required to comply not only with the obligation to protect the right to protection of health under Article 11, but also with other Charter obligations related to health, including obligations in respect of the right of workers to safe and healthy working conditions (Article 3), the right of persons in need of social and medical assistance (Article 13), the rights of the elderly to protection and health care (Article 23), the right of children and young persons to protection and health care (Article 7§§9-10 and Article 17§1). During a pandemic, States Parties must take all possible measures as referred to above in the shortest possible time, with the maximum use of available financial, technical and human resources, and by all appropriate means both national and international in character, including international assistance and cooperation. Furthermore, States Parties must be particularly mindful of the impact that their choices will have for groups with heightened vulnerabilities as well as for other persons affected, including especially their families on whom falls the heaviest burden in the event of institutional shortcomings (International Association AutismEurope v. France, Complaint No. 13/2002, decision on the merits of 4 November 2003, §53). In this regard, the Committee recalls that the right to protection of health includes the right of access to healthcare, and that access to healthcare must be ensured to everyone without discrimination. This implies that healthcare in a pandemic must be effective and affordable to everyone, and that groups at particularly high risk, such as homeless persons, persons living in poverty, older persons, persons with disabilities, persons living in institutions, persons detained in prisons, and persons with an irregular migration status must be adequately protected by the healthcare measures put in place. 5 When seeking to give effect to the right to protection of health during a pandemic, health equity as defined by the World Health Organisation (WHO) should be the goal: specifically, the absence of avoidable, unfair, or remediable differences among groups of people, whether those groups are defined socially, economically, demographically or geographically or by other means of stratification. States Parties must take specific, targeted measures to ensure enjoyment of the right to protection of health of those whose work (whether formal or informal) places them at particular risk of infection. In addition, under Article 13 States Parties must operate widely accessible immunisation programmes. They must maintain high coverage rates not only to reduce the incidence of these diseases, but also to neutralise the reservoir of virus and thus achieve the goals set by the WHO to eradicate a range of infectious diseases. Vaccine research should be promoted, adequately funded and efficiently coordinated across public and private actors. The Committee deems it necessary to emphasise that the right to protection of health must be protected not merely theoretically, but also in fact. Implementation of the Charter requires States Parties not only to take legal action but also practical action making available the resources and the operational procedures necessary to give full effect to the rights specified therein (International Commission of Jurists (ICJ) v. Portugal, Complaint No. 1/1998, decision on the merits of 9 September 1999, §32; European Federation of National Organisations working with the Homeless (FEANTSA) v. Slovenia, Complaint No. 53/2008, decision on the merits of 8 September 2009, ; International Association Autism-Europe v. France, Complaint No.13/2002, decision on the merits of 4 November 2003, §53). All this is particularly true and absolutely crucial with regard to the right to protection of health in times of pandemic, in order for the States Parties to act in conformity with their obligations under the Charter and, most importantly, to limit the number of deaths and health problems caused in such situations. In this regard the Committee recalls that the right to protection of health guaranteed in Article 11 of the Charter complements the fundamental rights enshrined in Articles 2 and 3 of the European Convention on Human Rights, and that the rights relating to health embodied in the two treaties are inextricably linked, since “human 6 dignity is the fundamental value and indeed the core of positive European human rights law – whether under the European Social Charter or under the European Convention of Human Rights – and healthcare is a prerequisite for the preservation of human dignity” (International Federation of Human Rights Leagues (FIDH) v. France, Complaint No. 14/2003, decision on the merits of 3 November 2004, §31). While this statement of interpretation focuses on the right to protection of health, the Committee wishes to point out that pandemics – and state responses thereto – can pose significant risks to a wide range of rights set out under the Charter. These include, inter alia: the right to safe and health working conditions (Article 3); the right of children to protection from physical and moral hazards (Article 7§10); the right to social security (Article 12); the right to social and medical assistance (Article 13); the rights of persons with disabilities (Article 15); the right of families and children to social legal and economic protection, including education (Articles 16 and 17) and the rights of the elderly (Article 23). Furthermore, historic and ongoing shortcomings in state efforts to secure Charter rights such as the right to housing (Article 31) and the right to freedom from poverty and social exclusion (Article 30) feed directly into the vulnerability of particular social groups in a pandemic. The major impact of a pandemic and of state measures in response to it on employment and labour rights, both individual and collective, should also not be overlooked. People must not be left without minimum means of subsistence due to the lockdowns and lack of economic activity during a pandemic. A further statement of interpretation will address these issues in greater detail. Finally, the Committee wishes to emphasise that it will closely monitor the situation, and the measures taken by the States Parties, within the framework of the Charter’s procedures, the reporting procedure and the collective complaints procedure (as the case may be). More particularly as regards the reporting procedure, the Committee will focus its examination of state reports for Conclusions 2021 on the right to protection of health and for this purpose, in the coming weeks, it will address a set of targeted questions to States, including questions on epidemiological readiness and immunisation measures generally and – in view of the exceptional situation – specifically on the immediate response to the current Covid-19 pandemic.

FUENTE:
Consejo de Europa

El Comité Europeo de Derechos Sociales publica El 22 de abril de 2020 una declaración de interpretación sobre el derecho a la protección de la salud en tiempos de pandemia. El Comité Europeo de Derechos Sociales publica El 22 de abril de 2020  una declaración de interpretación sobre el derecho a la protección de la salud  en tiempos de pandemia. Reviewed by ACLE on luglio 05, 2020 Rating: 5

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