Mediante Resolución 15-2020-P-JUDECAP-CD-2020/2021, del 30 de abril de 2020, la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú (Judecap) aprobó los lineamientos que establecen los criterios generales para las incorporaciones virtuales (no presenciales) de nuevos abogados, que se aplicarán en los 33 colegios de abogados del Perú.
Mediante Resolución
15-2020-P-JUDECAP-CD-2020/2021, del 30 de abril de 2020, la Junta Nacional de
Decanos de los Colegios de Abogados del Perú (Judecap) aprobó los lineamientos
que establecen los criterios generales para las incorporaciones virtuales (no
presenciales) de nuevos abogados, que se aplicarán en los 33 colegios de
abogados del Perú.
Se
autoriza,que la imposición de la medalla sea diferida al
juramento prestado, y que esta la efectúe el familiar directo que vive con el
abogado, quien le impondrá la medalla con la estrella de siete puntas con un
brocardo en el que se lee: Orabunt causas melius, que pende de una cinta o
venera. Asimismo, el familiar procederá a la entrega del diploma de
incorporación, carnet y otros documentos.
El
Colegio respectivo, a través de su personal administrativo, enviará por courier la
medalla, el carnet y otros documentos al nuevo abogado, quien será registrado
sin tratamientos diferenciados respecto de los agremiados presenciales.
Estas
medidas son transitorias y durarán mientras esté en vigencia la orden de
inmovilización social.
Mediante Resolución 15-2020-P-JUDECAP-CD-2020/2021, del 30 de abril de 2020, la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú (Judecap) aprobó los lineamientos que establecen los criterios generales para las incorporaciones virtuales (no presenciales) de nuevos abogados, que se aplicarán en los 33 colegios de abogados del Perú.
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maggio 03, 2020
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